Pensi贸nalimenticia. La pensi贸n alimenticia es, de modo gen茅rico y en sentido amplio, aquella erogaci贸n que deben realizar algunos familiares en favor de otros que se encuentran en estado de necesidad. Con mayor frecuencia se utiliza la expresi贸n para referirse a la contribuci贸n que efect煤a alguno de los progenitores, cuando se Elmodelo de convenio regulador de custodia de madre sin matrimonio (al igual que se podr铆a adaptar para el padre), en definitiva de custodia monoparental, puede adaptarse en relaci贸n al siguiente modelo que se pasa a exponer a continuaci贸n, siendo igual en los datos y estipulaciones primero, segunda y quinta (adapt谩ndolo al caso conveniode regimen de convivencia y pension alimenticia que celebran los se脩ores ana maria rojas zepeda y jose luis garcia esquivel, respecto de nuestra menor hija de nombre brenda jaqueline garcia rojas, en pleno uso de nuestras facultades mentales y ejercicio de nuestros derechos y en representacion de nuestra menor hija y no Civil las partes acuerdan que las visitas y convivencia que realizar谩 (nombre del c贸nyuge que NO tendr谩 la guarda y custodia de los menores) a sus menores hijas, ser谩 de la siguiente manera: (En el siguiente apartado deber谩s se帽alar las circunstancias de modo, tiempo y lugar de la convivencia. Trata de ser lo m谩s espec铆fico posible. Conveniode pensi贸n alimenticia y convivencia Iniciar atenci贸n digital. Secretar铆a: San Agust铆n Redacci贸n de un acuerdo de voluntades de los comparecientes respecto a una situaci贸n familiar. A qui茅n va dirigido. Realizar cita para realizar convenio 脕rea de atenci贸n. Recepci贸n de DIF Municipal. Tiempo de resoluci贸n Quepor medio del presente escrito y documentos que se acompa帽an, venimos a solicitar se nos tenga por admitido el convenio que se adjunta al presente escrito, sobre el procedimiento NO CONTENCIOSO DE GUARDA, CUSTODIA Y ALIMENTOS de los menores de nombre CLAUDIA y PAULO ambos de apellido Ledir茅 Consultante que para lograr lo que desea TIENE QUE PROMOVER UN INCIDENTE DE AUMENTO DE PENSI脫N ALIMENTICIA, Y UN INCIDENTE DE MODIFICACI脫N DEL R脡GIMEN DE VISITAS Y CONVIVENCIAS, ya que de acuerdo al art铆culo 94 del C贸digo de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal en vigor, as铆 como sus correlativos de los Reconciliaci贸nT谩cita y Pensi贸n De Alimentos. Tras la separaci贸n judicial la reconciliaci贸n produce efectos entre los c贸nyuges aunque no se comunique al Juzgado, y no se podr谩n reclamar las pensiones alimenticias de los hijos comunes que se correspondan con uno de esos periodos. La pensi贸n de alimentos es de car谩cter I Ambas partes declaran celebrar el presente documento sin alg煤n vicio de la. voluntad. II. Ambas partes reconocen la existencia de menores de edad. III. Contar con capacidad legal para celebrar el presente convenio. CLAUSULAS. PRIMERA. - Durante nuestro matrimonio procreamos a nuestra menor hija de. Anteun incumplimiento del r茅gimen de visitas se aconseja seguir los siguientes pasos: 1.-. Hablar con la otra parte para intentar evitar que se produzcan nuevos incumplimientos, ya que en definitiva, mediante acuerdo todo va a ser m谩s f谩cil para las partes, especialmente para los hijos. 2.-. .

convenio de regimen de convivencia familiar y pension alimenticia